Certificado de eficiencia energética

El pasado 1 de junio de 2013 entró en vigor el Real Decreto 2010/31/UE que obliga a los propietarios de viviendas, locales o edificios completos a tener el denominado certificado de eficiencia energética si quieren vender o alquilar (más de cuatro meses). 

Este certificado de eficiencia energética tiene una validez de diez años. En ese período el propietario puede voluntariamente actualizarlo si considera que existen variaciones en el edificio que pudieran cambiar el certificado de eficiencia energética.

Existen excepciones a este certificado de eficiencia energética: edificios protegidos oficialmente, iglesias y edificios de culto y actividades religiosas, construcciones provisionales (con un plazo de utilización menor de dos años), los edificios industriales y agrícolas, edificios aislados con superficie menor de 50 m2 y otras pocas excepciones. 

El certificado informa de la calificación energética del edificio y también incluye información sobre las características energéticas de éstos y, cuando se trate de edificios existentes, incluye las recomendaciones para optimizar la eficiencia energética de forma que se pueda valorar y comparar. El objetivo es favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.

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